martes, 30 de mayo de 2023

Trazabilidad de las operaciones de comercio.

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/287255/20230529 Resolución Conjunta 1/2023 RFCIN-2023-1-APN-MEC Que a tales fines resulta necesario crear, en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, una UNIDAD DE SEGUIMIENTO, TRAZABILIDAD Y PROMOCIÓN DE LAS OPERACIONES DE COMERCIO, la que estará conformada por el MINISTERIO DE ECONOMÍA, a través de la SECRETARÍA DE COMERCIO, la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO y la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA; la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) con la participación de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, la DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL; el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA) a través de la SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS; la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN; la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES y la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF). Que la mencionada UNIDAD tendrá como objetivos el monitoreo de las operaciones comerciales involucradas; la promoción con equidad de estas últimas, evitando posiciones dominantes; la verificación de la trazabilidad de los bienes objeto de comercio y la correcta tributación en cada etapa; y la orientación al consumidor, atendiendo las variables obtenidas en el proceso de seguimiento.